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mayo  5, 2024

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Régimen cambiario de las financiaciones del exterior

Por Martín Lepiane y Jimena Vega Olmos


SUMARIO: Introducción. 1. Endeudamiento financiero. 1.1. Obligación de ingreso y liquidación. 1.2. Plazo mínimo de espera para el repago del capital. 1.3. Obligación de información. 1.4. Repago de deudas financieras con el exterior. 1.4.1. Capital de deudas financieras. 1.4.2. Pago de servicios de interés de deudas financieras. 1.4.3. Condiciones para el pago de deudas financieras. 1.5. Encaje. 2. Prefinanciaciones y anticipos de exportación. 2.1. Condiciones y Obligaciones Generales. 2.1.1. Posibles prestamistas. 2.1.2. Obligación de liquidar el producido del endeudamiento en el mercado local de cambios. 2.1.3. Encaje. 2.1.4. Plazo mínimo. 2.1.5. Obligación de información. 2.2. Obligaciones establecidas por la Comunicación “A” 4443. 2.2.1. Documentación. 2.2.2. Obligación de embarcar dentro de un plazo determinado. 2.2.3. Información. 2.2.4. Consecuencias en caso de no materialización del embarque. 2.2.5. Líneas de crédito del exterior de mediano y largo plazo. 2.2.6. Sustitución de embarques. 2.2.7 Plazo para la liquidación del producido de las exportaciones. 3. Financiación de importaciones.

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Términos mencionados en esta doctrina: obligación, deudas, financieras, exterior, información, endeudamiento, liquidación.

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